El documento de control electrónico de transporte
Qué es, cómo funciona y cómo cumplirlo antes del 5 de octubre de 2026.
¿Qué es el documento de control?
El documento de control es el registro electrónico que acredita las condiciones del transporte de mercancías por carretera. Sustituye al antiguo albarán en papel y tiene validez legal ante inspección de la Guardia Civil o inspectores de transportes.
Hasta ahora era voluntario. Con la Ley 9/2025, pasa a ser obligatorio desde el 5 de octubre de 2026. A partir de esa fecha, presentar un papel en lugar del documento electrónico es motivo de sanción.
¿Cómo funciona en la práctica?
Antes de salir
La empresa crea el documento con los datos del art. 6 (Orden FOM/2861/2012). El sistema genera automáticamente un código numérico único y el QR. Ya es válido ante inspección: el DeCA no necesita ninguna firma.
En ruta
El conductor lleva el QR (en el móvil o impreso). Si la Guardia Civil o la Inspección paran el camión, escanean el QR y descargan el PDF directamente. No hace falta ninguna firma para pasar la inspección.
En el punto de entrega
Opcional: el destinatario firma la recepción como acuse de recibo (garantía de que la mercancía se entregó). Si rechaza la mercancía, el conductor firma como testigo registrando el motivo. Para valor contractual, la carta de porte con firma AES.
Ante inspección
El conductor muestra el QR desde el móvil o el código numérico. El inspector escanea el QR y accede al documento en tiempo real, sin intermediarios.
QR vs código numérico: ¿cuál usar?
Activo desde el primer documento
Código QR para inspección
- ✓ Sin trámites previos (nueva Resolución DGTCyF)
- ✓ El inspector escanea y accede al instante
- ✓ URL HTTPS pública, sin app ni cuenta
- ✓ 100% válido ante inspección
Identificación del documento
Código de control numérico
- ✓ Referencia interna única por empresa
- ✓ Aparece en el PDF y en el panel
- ✓ Operativo desde el primer documento
- ✓ El conductor lo lleva en el móvil
Ambos identificadores operativos desde el primer documento, sin ningún trámite previo (nueva Resolución DGTCyF, Primero.3).
Las firmas: opcionales y para otra cosa
El DeCA es un documento administrativo: es válido ante inspección desde que se emite con los datos del art. 6, sin ninguna firma. Las firmas que ofrecemos no forman parte del DeCA: son la prueba de entrega (el albarán de siempre, en digital). No son obligatorias, pero te protegen si más tarde hay una disputa sobre qué se cargó o si la mercancía llegó bien.
¿Cuándo?
Al cargar la mercancía
¿Para qué sirve?
Deja constancia de las condiciones de carga. Como evidencia adicional; para valor contractual pleno, la carta de porte con firma AES.
¿Cuándo?
Al recoger la mercancía
¿Para qué sirve?
Deja constancia de que recogió la mercancía. Evidencia operativa, opcional.
¿Cuándo?
Al recibir la mercancía
¿Para qué sirve?
Deja constancia de la entrega. Útil como prueba, aunque no es la única (un albarán o la carta de porte también sirven).
Preguntas frecuentes
Sí. El DeCA es válido ante la Guardia Civil y la Inspección de Transportes desde el momento de emisión, sin necesidad de firmas. Lleva un código de control numérico y un código QR activo desde el primer documento, con los datos del art. 6 y hash SHA-256 de integridad.
A partir de esa fecha el documento de control en papel deja de tener validez legal. Solo el documento electrónico es válido ante inspección, ante la administración y en litigios. Por eso conviene migrar antes.
El DeCA sin firma cumple la obligación legal ante inspección, pero por sí solo no es un contrato de transporte. Si quieres que el mismo documento valga también como carta de porte nacional, debes firmarlo con finalidad contractual: en ese caso la ley exige firma electrónica avanzada (AdES, eIDAS) del cargador y del transportista. Para la mayoría de transportistas, con el DeCA sin firma basta para cumplir la ley.
No. La nueva Resolución DGTCyF elimina la obligación de comunicar el dominio al Ministerio. El código de control numérico y el código QR son operativos desde el primer documento, sin ningún trámite previo.
No. Ni la Orden FOM/2861/2012 ni la Resolución DGTCyF exigen firma para que el documento de control sea válido ante inspección. Las firmas de cargador, conductor y receptor son opcionales y añaden protección jurídica en disputas de entrega. Solo si el documento se firma con finalidad contractual (carta de porte) esa firma debe ser avanzada (AdES, eIDAS).
La firma electrónica avanzada (AdES) es el nivel mínimo de firma del Reglamento eIDAS (UE 910/2014) exigido cuando el documento se firma con valor contractual: es decir, cuando usas el DeCA también como carta de porte nacional, y en el eCMR internacional. Para el DeCA sin finalidad contractual no necesitas firma; las firmas canvas son evidencia suficiente.
Nosotros lo conservamos 4 años, aunque la normativa solo exige un mínimo de 1 año (Orden FOM/2861/2012 art. 9). El PDF/A se archiva y nunca se borra antes de ese plazo. La URL pública de descarga permanece activa durante todo el servicio; la Resolución DGTCyF (Tercero.5) permite desactivarla a partir de los 7 días naturales tras finalizar el servicio, pero el PDF archivado sigue disponible durante los 4 años.
El eCMR es la carta de porte electrónica internacional, conforme al Protocolo adicional al Convenio CMR (Ginebra 1956). No es obligatorio: es una opción voluntaria frente a la carta de porte CMR en papel. Desde 2027, el Reglamento eFTI (UE 2020/1056) obliga a las autoridades de la UE a aceptar la información del transporte en formato electrónico, pero no obliga a las empresas a usar el eCMR. Disponible en el plan ESCALA.
Sí. Tienes 30 días gratis sin introducir tarjeta y sin permanencia. Puedes cancelar cuando quieras.
Empieza a cumplir hoy
Código de control numérico activo desde el primer documento. Sin esperas, sin trámites.
Solicita acceso →Cumplimiento y seguridad, no solo los mínimos
Resolución DGTCyF
QR activo desde el primer documento, sin trámite previo. La descarga puede cerrarse a partir de 7 días tras el servicio (nosotros la mantenemos 16).
PDF/A con SHA-256
Documento con firmas embebidas y hash de integridad en cada firma.
Datos en la UE
Servidores en Frankfurt. RGPD cumplido, sin transferencias fuera de la UE.
Archivado mínimo 1 año
PDF en Storage durante 1 año. La ley permite cerrar la descarga a partir de 7 días tras el servicio; nosotros la mantenemos 16.
Resolución DGTCyF · Ley 9/2025 (BOE-A-2025-24545) · Orden FOM/2861/2012